Uno de los puntos sobre el que advertimos a las grandes empresas que consideran entrar en la moratoria es que al momento de adherir deberán repatriar el 30% de los activos financieros que tengan en el exterior y en la reglamentación se definirá si los fondos repatriados se pueden mantener en moneda extranjera o deberán ser en moneda local. Por el momento tenemos la certeza de que no repatriar los fondos será una causa de exclusión para la adhesión a la misma.
Otra de las dudas a aclarar es qué será considerado un activo financiero. Si se considerara un activo financiero a las acciones que posee una empresa local de una empresa extranjera, resultaría imposible repatriar el capital. Algo similar sucede con los Trust irrevocables para las personas humanas: si se consideran un activo financiero, limitará a los contribuyentes que quieran ingresar a la moratoria por no resultar convenientes.
Por último, la distribución de dividendos también es un punto a considerar antes de decidir: las grandes empresas que adhieran a la moratoria no podrán distribuirlos por 24 meses, si lo hicieran sería una causal de caducidad.
Beneficios de la moratoria

La tasa de interés será de 2% mensual hasta enero de 2021, luego la misma será ajustada por Badlar
No se considerará la categoría SIPER
Condonación parcial de intereses y monto total de multas y una quita hasta 15% sobre deuda consolidada si la misma se realiza con pago al contado
Para obligaciones impositivas y aduaneras hasta 120 cuotas
Para obligaciones patronales hasta 60 cuotas
Permite la refinanciación de planes vigentes, como así también la inclusión de la deuda emergente de planes caducos

Beneficios contribuyentes cumplidores

Para el caso de los contribuyentes monotributistas, exención del componente impositivo, el mismo dependerá de la categoría y dicho beneficio no podrá superar el importe de $17.500 totales
Para Personas Humanas, se incrementa en un 50% la deducción especial en el impuesto a las Ganancias. Dicho beneficio no será de aplicación para quienes ejerzan cargos públicos, relación dependencia y jubilados
Para Micro y Pequeñas empresas, se le permitirá la opción de la amortización
acelerada
Hasta cuándo puedo adherir a la moratoria: las inscripciones pueden hacerse hasta el 31 de octubre inclusive.

Fuente: InfoCampo

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