La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la comercialización de una marca de miel, según se publicó en el Boletín Oficial.Todo comenzó con la denuncia de un consumidor en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre un producto adulterado, que en sus etiquetas, decía: “Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, Peso Neto 1000 gr., Vencimiento 10/2021, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina”.Así, los funcionarios realizaron el trabajo de cruce de datos con Córdoba, y determinaron que el producto se hallaba en infracción del Código Alimentario Argentino (CAA), por “carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes”. Por estos motivos, evaluaron que se trataba de un producto ilegal.Como respuesta, en su Disposición 4706/2021, la Anmat ordenó: “Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina’ por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.

Fuente: La Nación

Comparte este artículo en: