La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció regímenes de facilidades de pago aplicables a la cancelación de obligaciones impositivas, con excepción de retenciones y de percepciones, y de aportes y contribuciones de la Seguridad Social, al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), para la cadena de producción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.
A través de la resolución general 4623/2019 publicada en el Boletín Oficial, precisó que la medida alcanza a los productores, empacadores, comercializadores, industrializadores, contratistas y viveristas, de conformidad con las actividades del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), siempre que acrediten las condiciones y hayan presentado la nota, el certificado expedido por la autoridad provincial competente y el informe emitido por contador público independiente.
La ley 27.507 promulgada en agosto, declaró la emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días a la cadena de producción de cítricos de las cinco provincias.
Los planes de pago tendrán 90 cuotas y la deuda a consolidar resultará de la consignada en el Sistema Único de Deuda (SUD) y la ingresada por el contribuyente.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas; el monto de cada una deberá ser igual o superior a $1.000, se calcularán sobre el total de la deuda consolidada mediante sistema francés, y la tasa de financiamiento efectiva mensual será del 1%.
Será condición excluyente para adherir al plan de facilidades que las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social se encuentren presentadas antes de la fecha de adhesión al régimen.

Fuente: InfoCampo

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