El decreto de necesidad y urgencia 431/2021, por el cual el Gobierno modificó la ley de vacunas para destrabar las negociaciones con el laboratorio estadounidense Pfizer, contiene algo más que la sola eliminación de la causal de “negligencia” para garantizar la inmunidad de los proveedores de las dosis contra el Covid-19. Sorpresivamente, el Poder Ejecutivo también eliminó de la norma la palabra “regalías”, con lo deja abierta la posibilidad de que tribunales extranjeros puedan ejecutar estos ingresos –que reciben las provincias petroleras- en caso de un incumplimiento argentino en el proceso de adquisición de vacunas.El diputado de Juntos por el Cambio, Gustavo Menna, quien advirtió esta modificación, criticó duramente el DNU que dictó el Gobierno el último fin de semana, cuestionó que con él se pretenda esquivar al Congreso y aseveró que su contenido no fue acordado con los gobernadores de las provincias petroleras.Massa busca diferenciarse del kirchnerismo con una reforma de los planes socialesLa ley de vacunas, sancionada por el Congreso en noviembre pasado, establecía en su artículo 3 que la prórroga de jurisdicción y la renuncia a la defensa de inmunidad soberana que pactó la Argentina con los laboratorios no podía alcanzar, entre otros bienes, los impuestos y regalías a cobrar por la Argentina.Sin embargo, el DNU 431 modificó el artículo 3 de la norma. En efecto, en su inciso “h” la ley de vacunas eximía de una eventual ejecución de bienes los “impuestos y/o regalías adeudadas a la República Argentina y los derechos de ésta para recaudar impuestos y/o regalías”. En el texto del DNU se elimina la palabra “regalías” y sólo protege la recaudación de impuestos de una posible ejecución judicial por parte de un tribunal extranjero.Gustavo Menna, el diputado de Juntos por el Cambio, que advirtió sobre las regalías petroleras“Esto significa –enfatizó Menna- que se compromete el ingreso que le genera a las provincias la explotación de recursos naturales como los hidrocarburos, que en el plano interno y de acuerdo al artículo 124 de la Constitución Nacional son de las provincias”.El legislador chubutense advirtió sobre la gravedad de esta situación generada con el nuevo DNU. “En el caso de que se diera un juicio como el que en su momento provocó el embargo de la Fragata Libertad y la mantuvo inmovilizada en un puerto africano, las que se verían afectadas serían las provincias petroleras. Porque el DNU 431 ha excluido a las regalías de la protección contra ejecuciones judiciales de tribunales extranjeros”.“Este DNU es la consecuencia de la negativa del oficialismo a tratar la modificación a la ley que propuso nuestro interbloque (Juntos por el Cambio) en la sesión del jueves pasado, y de la improvisación con que se viene manejando este tema”, enfatizó.
Fuente: La Nación